Datos personales

Autorregulación en manejo de datos personales: IFAI

11 Feb, 2013  |  Economía y finanzas  |  0 comentarios

Las personas físicas y morales que tratan datos personales pueden adoptar esquemas de autorregulación, para garantizar la protección de la información que recaban y ganar la confianza y credibilidad de sus clientes.

Con este propósito, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) y la Secretaría de Economía elaboraron los Parámetros para el correcto desarrollo de los esquemas de autorregulación vinculante a que se refiere el artículo 44 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), vigentes desde el pasado 18 de enero.

En el documento se establecen las reglas, criterios y procedimientos para el adecuado desarrollo y funcionamiento de dichos esquemas.

La autorregulación es el conjunto de reglas o normas que, en materia de protección de datos personales, genera o determina el responsable de su tratamiento, para el correcto uso y control de la información que resguarda. El Reglamento de la LFPDPPP establece que el responsable que adopte y cumpla con un esquema de autorregulación será tomado en consideración por el IFAI para atenuar sanciones en caso de incumplimiento del marco normativo en la materia.

La adopción de la autorregulación es voluntaria y complementa lo dispuesto en la Ley; sin embargo, los responsables que opten por este mecanismo deberán observar lo dispuesto en estos Parámetros, para obtener la validación y el reconocimiento del IFAI, quedando obligados a cumplirlos.
En este caso, para que un esquema de autorregulación vinculante sea considerado como tal, deberá ser notificado al Instituto y cumplir con lo previsto en la Ley, su Reglamento y los Parámetros.

Entre los esquemas de autorregulación previstos se encuentran los códigos tipo, códigos deontológicos o de buena práctica profesional, políticas de privacidad, reglas de privacidad corporativas, sellos de confianza y certificaciones, entre otros.

No obstante, los responsables podrán acordar otras clases de medidas, mecanismos y esquemas de autorregulación en materia de protección de datos personales.


Fuente: IFAI

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